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Tercio de mejora en herencias: qué es y cómo utilizarlo
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Tercio de mejora en herencias: qué es y cómo utilizarlo

Tabla de contenidos

El tercio de mejora de la herencia se articula como fórmula de uso voluntario por parte del testador para que pueda favorecer a un heredero frente a los demás.

Es necesario dejarlo especificado en testamento, lo que implica entender qué es y cómo funciona.

Te dejamos información útil al respecto con la ayuda de nuestros compañeros de la oficina funeraria en Tarragona.

Qué es el tercio de mejora en herencias

El tercio de mejora es la parte de la herencia de la que puede disponer el testador para favorecer a uno o varios hijos o descendientes.

Así pues, el tercio de mejora y el de libre disposición se unen al de legítima estricta para formar las tres partes de una herencia en España.

En cuanto al tercio que nos ocupa, el testador puede disponer de su totalidad, de solo una parte o no disponer del tercio de mejora en absoluto.

Si el testador decide no disponer del tercio de mejora, o no realiza testamento para poder especificarlo, se habla de legítima larga, global o amplia, ya que está formada por dos tercios de la herencia (el de legítima estricta y el de mejora).

Con todo, se trata de un mecanismo del que el testador puede hacer uso libremente para favorecer a algún heredero, por ejemplo, un hijo que le ha estado cuidando en sus últimos años de vida.

Cabe mencionar, además, que hay diferentes tipos en función del criterio de clasificación que se aplique.

Según cómo se disponga del tercio, se hablará de mejora total o parcial.

Se habla de mejora expresa cuando se ha manifestado en testamento de forma clara, y de mejora tácita si, aun sin haberse especificado, se entiende la intención del testador.

Por otra parte, el tercio de mejora también puede puede ser testamentario si se ordena en testamento, que es la fórmula más habitual; o contractual si se aparece en una donación inter vivos, en las capitatulaciones matrimoniales o en contrato oneroso con un tercero.

Por último, puede tratarse de una mejora de cosa determinada o de cuota, según el objeto al que se aplica.

Diferencia entre mejora y tercio de mejora

El tercio de mejora es la parte de la que alguien puede disponer libremente para favorecer a uno o varios de sus hijos o descendientes.

La mejora, por su parte, es la disposición concreta que se hace de bienes a favor de uno o varios hijos.

En el ámbito legal, el concepto de mejora se utiliza para aludir a la facultad que tiene la persona que hace testamento para disponer de parte de su caudal.

Y el de tercio de mejora hace referencia a uno de los tres tercios en los que se divide la herencia.

¿Dónde se regula el tercio de mejora?

El artículo 808 del Código Penal indica expresamente que el padre y la madre pueden disponer de uno de los dos tercios que conforman la legítima global para aplicarla como mejora.

Más adelante, en el la sección sexta “De las mejoras” se trata la cuestión con mayor profundidad.

Son 11 artículos insertos en el capítulo II, “De la herencia”, que a su vez se engloban en el título III, “De las sucesiones”.

Conviene leer y procesar completamente el título si estás pensando en hacer testamento y hacer uso del tercio de mejora u otros mecanismos legales.

Pero casi siempre será más efectivo ponerse en manos de un profesional especialista que ayude a despejar toda las dudas que pueden surgir.

¿Para quién es y cómo se reparte?

En el mismo artículo 808 se cita el tercio de mejora se puede aplicar sobre los hijos o descendientes, y si alguno ha sido judicialmente incapacitado, se puede establecer sustitución fideicomisaria.

Ya te hablamos el fideicomiso en otro post que puedes repasar.

Queda claro, por lo tanto, que el tercio de mejora está pensado para favorecer a los hijos o descendientes en exclusiva, pero conviene verlo con detenimiento.

Tercio de mejora con testamento

Para hacer uso de la mejora, sea expresa o tácitamente, hay que hacer testamento.

En él se podrá indicar si la mejora se atribuye a título de herencia o de legado, aunque ya hemos dicho que otra posibilidad es hacer una donación en vida.

Dado que el Código Civil cita a los hijos o descendientes en su artículo 808, se puede dejar el tercio de mejora a los nietos.

No sucede así con la legítima estricta que, recordemos, sí irá forzosamente para los hijos si no han incurrido en causa de desheredación o indignidad demostrada.

En caso de que los nietos sean menores de edad, se puede dejar la administración de los bienes en manos de otra persona distinta a los padres, como el albacea.

Se trataría de una sucesión hereditaria.

Tercio de mejora sin testamento

Cuando no hay testamento o cuando no se hace uso del tercio de mejora aun habiéndolo, el tercio de mejora y el de legítima estricta quedan unidos en la denominada herencia legítima, que se repartirá a partes iguales entre los herederos forzosos.

Por lo tanto, si quieres favorecer a uno de tus hijos por algún motivo no basta con que comuniques tu intención de hacerlo: debes dejarlo por escrito en un documento válido como es el testamento.

El tercio de mejora para el cónyuge ya hemos visto que no queda contemplado atendiendo al Código Penal, pero sí es este el que se toma como referencia para hablar de la legítima viudal (la que entra en liza cunado no hay testamento).

Recordemos que la legítima viudal es el usufructo vitalicio, es decir, el usufructo del tercio de mejora.

Ya que se puede capitalizar, cabe preguntarse cómo se calcula el usufructo del tercio de mejora.

Te hablamos en otro post de la fórmula que se aplica, pero te recordamos que es diferente según se trate de usufructo temporal o vitalicio.

Si es usufructo temporal, se calcula en base al 2% del valor total del bien por cada año, sin exceder el 70%. Y si es usufructo vitalicio aplica lo siguiente: usufructo = 89 – edad.

Recordemos que la nuda propiedad del tercio de mejora pertenece a los hijos del testador, o sus descendientes en ausencia de estos.

Cómo se calcula la mejora hereditaria

El cálculo del tercio de mejora va asociado al de legítima estricta, pues ya decíamos que ambos componen la legítima de la herencia.

Hay que valorar el haber hereditario y de las donaciones que haya hecho el causante.

Lo primero es determinar el caudal relicto.

Este se compone de todos los bienes que integran la herencia, e implica deducir las deudas y cargas.

También habrá que computar las donaciones hechas en vida para evitar que el causante incurra en el incumplimiento de los derechos hereditarios de los legitimarios.

Después hay que calcular la legítima global, de manera que si hay descendientes les corresponden dos tercios del haber hereditario (contando la legítima estricta y el tercio de mejora); y si hay ascendientes les corresponde la mitad del haber hereditario o un tercio si concurren con el cónyuge viudo.

A la hora de imputar la legítima, hay que considerar la imputación de donaciones y la de legados.

Por ejemplo, las donaciones hechas a los hijos que no entran en el concepto de mejora se imputarán a su legítima individual.

En caso de que sí formaran parte del concepto de mejora, primero se imputan al tercio de mejora y, si sobra, al de libre disposición.

Hay una serie de peculiaridades que hay que estudiar bien a la hora de imputar la legítima global, que engloba también el tercio de mejora.

Lo importante es tener en cuenta que hay que respetar la legítima estricta y que la mejora puede atribuirse como herencia, legado o donación.

Hay que considerar la totalidad del caudal relicto para los cálculos, y como cada contexto particular puede ser muy diferente, lo ideal para estar seguros es consultar a un profesional.

En todo caso, recuerda que a la hora de hacer testamento no tienes por qué especificar todos los bienes y cómo se reparten.

Simplemente puedes indicar que quieres hacer uso del tercio de mejora en su totalidad o en parte para favorecer a uno de tus hijos o descendientes, y luego deberán ponerse de acuerdo para elaborar el cuaderno particional.

Si temes la falta de acuerdo, puedes nombrar a un contador partidor que se encargue de ejecutar tu última voluntad, por ejemplo, tu abogado.

¿Se puede renunciar al tercio de mejora?

Recordamos que la herencia se puede repudiar en su totalidad, lo que implica la renuncia al tercio de mejora.

Pero lo más destacable de este apartado es que, según el artículo 833 del Código Civil, se puede renunciar a la herencia aceptando la mejora.

Y también cabe la otra posibilidad, es decir, la de aceptar la herencia (la parte de legítima estricta, se entiende) y renunciar a la mejora.

En definitiva, el tercio de mejora forma parte de la legítima de la herencia, que se compone de dos tercios contando al mencionado y al de legítima estricta.

Se puede hacer hacer uso de él total o parcialmente solo para favorecer a hijos o descendientes, siempre que se respete la legítima estricta de los demás herederos.

PD. Si necesitas ayuda con esta materia lo mejor será acudir a nuestras oficinas funerarias a que te asesoren y te ayuden a encontrar un experto en la materia.

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