El tratamiento, traslado de cuerpos y la cremación/inhumación de un cadáver, desde un punto de vista objetivo, es una cuestión de salud pública.
Por este motivo, los procesos a realizar en un cuerpo sin vida requieren de vigilancia y control. Y para esto está la policía sanitaria mortuoria.
Lo habitual es que una persona fallezca por causas naturales y su funeral tenga lugar en circunstancias normales sin que tenga que intervenir directamente la policía mortuoria.
Por ello, muchas personas no saben qué es este organismo y a qué se dedica.
Por todo ello, en este artículo te aclaramos todas tus dudas con la ayuda de nuestros compañeros de la oficina funeraria en Salamanca.
¿Qué es la policía sanitaria mortuoria?
La policía sanitaria mortuoria depende de la Administración Pública en materia de salud y, se ocupa de supervisar toda clase de prácticas en relación con cadáveres y restos cadavéricos.
Este organismo también se encarga de velar por que las condiciones técnico-sanitarias de los féretros, vehículos funerarios y agencias funerarias sean las óptimas en todo momento.
¿Cuáles son sus funciones?
Sus principales funciones se pueden englobar en las siguientes tres:
- Control de las prácticas sanitarias que se ejecuten sobre cuerpos humanos sin vida y que puede abarcar desde la extracción de piezas anatómicas a las tareas de conversación temporal, como el embalsamiento y la tanatopraxia. Se incluye también la tanatoestética y el modelado.
- Establecimiento de las condiciones técnico-sanitarias a las que se deben acoger las empresas del sector funerario a la hora de manipular y trasladar cadáveres.
- Vigilancia de cumplimiento de las normas establecidas en materia funeraria.
¿Quiénes trabajan en la institución?
En la policía sanitaria mortuoria trabajan funcionarios públicos.
Se le considera un cuerpo de seguridad, y para acceder se ha de pasar un proceso de selección de empleo público (Oposición).
Reglamento de la Sanidad Mortuoria. Cómo actúan
El reglamento de la policía sanitaria mortuoria está regulado por el Decreto 2263/1974, de 20 de julio.
Sin embargo, esta normativa se va actualizando con cierta periodicidad para adaptarse a las distintas situaciones que se puedan dar, como las epidemiológicas de las enfermedades infecto-contagiosas.